Conoce el secreto para reducir el cumplimiento de las ⅗ partes de la sentencia y así puedas solicitar la libertad condicional.
De acuerdo a lo reglamentado por la ley 65 de 1993 que regula el cumplimiento de las medidas de aseguramiento, la ejecución de las penas privativas de la libertad personal y de las medidas de seguridad, en su artículo 82 dispone la redención de la pena por trabajo, esta norma establece que El juez de ejecución de penas y medidas de seguridad concederá la redención de pena por trabajo a los condenados a pena privativa de libertad.
A los detenidos y a los condenados se les abonará un día de reclusión por dos días de trabajo. Para estos efectos no se podrán computar más de ocho horas diarias de trabajo. A su vez, el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad constatará en cualquier momento, el trabajo, la educación y la enseñanza que se estén llevando a cabo en los centros de reclusión de su jurisdicción y lo pondrá en conocimiento del director respectivo.
El citado artículo tiene una relevancia en la reducción o redención de la pena, toda vez que le otorga al condenado la oportunidad de lograr la resocialización mientras cumple la pena o por lo menos ejecuta las ⅗ partes de la pena que fue condenado, es por ello que si estas condenado y te encuentras cumpliendo la sentencia condenatoria se recomienda lo siguiente:
En primer lugar, si el cumplimiento de la pena se realiza en centro carcelario, inmediatamente incorporarse a las actividades de trabajo, estudio o enseñanza, lo anterior con la finalidad que desde el primer dia se empiece a redimir la pena, y alcances lo antes posible sumar a las ⅗ partes de la condena.
En segundo lugar, si el cumplimiento de la pena se realiza en prisión domiciliaria, inmediatamente debes de inscribirte a los cursos virtuales que otorga el SENA o buscar un trabajo que implique la conexión remota, esto te ayudará a redimir la sentencia del primer día.
Estos son los consejos que te pueden ayudar desde el comienzo del cumplimiento de la sentencia a rebajar o redimir la pena, recuerda que debes de tener presente las horas en la que haces estas labores, lo anterior ya que la suma total de las horas te ayudaran a saber cuánto tiempo has redimido con lo reglamentado en el artículo 85 de la ley 65 de 1993.

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